Contrato de Membresía — Asociado Beneficiario
Eutrapelia, Asociación Civil · Academia Tenista
Última actualización: julio 2026 · Versión v2
El presente Contrato de Membresía (el "Contrato") formaliza la relación entre Eutrapelia, A.C. y quien se afilia como Asociado Beneficiario. Forma parte integral de los Términos y Condiciones y del Aviso de Privacidad. Su aceptación se realiza de forma electrónica a través del Portal tenista.mx, mediante casillas de consentimiento no premarcadas, y se registra con su fecha, versión y datos de trazabilidad.
Capítulo I — Declaraciones
Cláusula Primera. Declaraciones de la Asociación
Eutrapelia, Asociación Civil, en adelante "La Asociación", declara que:
- Es una asociación civil legalmente constituida, sin fines de lucro, con objeto recreativo y deportivo, inscrita ante el SAT bajo el Título III de la LISR (RFC EUT170308RD3).
- Opera el Portal tenista.mx, mediante el cual organiza y coordina la práctica de disciplinas deportivas entre sus Asociados Beneficiarios y sus Asociados Colaboradores.
- Los servicios de enseñanza y entrenamiento son impartidos por los Asociados Colaboradores, quienes forman parte de La Asociación en dicha calidad y actúan con autonomía profesional, dentro de la organización y coordinación de La Asociación.
- Tiene interés en incorporar al firmante como Asociado Beneficiario bajo los términos del presente Contrato.
Cláusula Segunda. Declaraciones del Asociado Beneficiario
El firmante, en su nombre o en representación del menor de edad cuyos datos aparecen en su perfil, declara que:
- Es mayor de edad y tiene plena capacidad jurídica para suscribir el presente Contrato, o en su caso es padre, madre o tutor legal del menor identificado en su perfil.
- No tiene limitación física, médica ni de cualquier otra índole que le impida la práctica deportiva, salvo las expresamente indicadas en su perfil de inscripción.
- Conoce y acepta que la práctica deportiva conlleva riesgos inherentes y que asume voluntariamente dichos riesgos conforme a la Cláusula Décima Cuarta del presente instrumento.
- Ha leído, comprende y acepta en su totalidad los Términos y Condiciones, el Aviso de Privacidad y, cuando resulten aplicables, los Estatutos y el Reglamento Interno vigente de La Asociación.
Capítulo II — Membresía, incorporación y beneficios
Cláusula Tercera. Incorporación como Asociado Beneficiario
Mediante la aceptación del presente Contrato y el pago de la cuota de afiliación correspondiente, el firmante se incorpora formalmente como Asociado Beneficiario de Eutrapelia, A.C., adquiriendo los derechos y obligaciones que corresponden a dicha categoría. El proceso de incorporación comprende los siguientes pasos:
- Aceptación del presente Contrato de forma digital a través del Portal tenista.mx.
- Pago de la cuota de afiliación anual mediante el Portal.
- Clase de diagnóstico o muestra con el Asociado Colaborador seleccionado, conforme a los horarios disponibles según nivel y preferencia.
- Llenado del perfil completo en el Portal.
- Inicio del cobro recurrente de las cuotas de recuperación mensuales.
Cláusula Cuarta. Bienvenida y acceso al Portal
Al incorporarse, todo Asociado Beneficiario recibirá sin costo adicional:
- Acceso al Portal tenista.mx con su perfil deportivo, historial de clases y calendario de sesiones.
- Acceso al grupo oficial de comunicación de La Asociación, destinado exclusivamente a información institucional, avisos de actividades y beneficios. El Asociado Beneficiario se compromete a no abandonar dicho grupo durante la vigencia de su membresía activa.
- Conforme se publiquen y estén disponibles: credencial digital de membresía, guía de bienvenida con el Reglamento Interno y el catálogo de descuentos y beneficios con empresas asociadas.
Cláusula Quinta. Descuentos con empresas asociadas
Conforme se publiquen y estén disponibles en el Portal, el Asociado Beneficiario activo podrá acceder a beneficios con las empresas asociadas de La Asociación, tales como descuentos en equipo deportivo, condiciones preferenciales en servicios de salud deportiva, y acceso preferente a eventos, clínicas y torneos. Los porcentajes, condiciones y vigencia de cada beneficio se publicarán y actualizarán en el Portal. La modificación o ausencia temporal de estos beneficios no constituirá incumplimiento contractual de La Asociación ni generará derecho a compensación.
Cláusula Sexta. Sedes y cambios de asignación
- Consulta de sedes: el Asociado Beneficiario podrá consultar en el Portal las sedes y Colaboradores disponibles, con su información de ubicación, horarios y disponibilidad.
- Cambios de sede o Colaborador: los cambios de sede, frecuencia, modalidad o Colaborador deberán solicitarse a La Asociación y quedarán sujetos a disponibilidad. El Asociado Beneficiario no modifica unilateralmente su plan desde el Portal.
- Continuidad de membresía: el cambio de sede o Colaborador no interrumpe ni modifica la membresía ni las condiciones del presente Contrato. Las cuotas de recuperación continuarán cobrándose en las mismas fechas y montos, salvo ajuste de tarifa comunicado conforme a la Cláusula Décima Novena.
Capítulo III — Cuotas de recuperación y cobro recurrente
Cláusula Séptima. Cuota de afiliación anual
- Naturaleza: la cuota de afiliación es una aportación única anual que da derecho al Asociado Beneficiario a mantener su membresía activa durante doce meses consecutivos y a los beneficios de membresía descritos en el presente Contrato.
- Monto: la cuota de afiliación anual es de $1,000.00 (Un mil pesos 00/100 M.N.), pagadera al momento de la incorporación y en cada aniversario de la misma.
- Renovación: la membresía se renovará automáticamente cada año mediante el cobro de la cuota de afiliación anual, salvo que el Asociado Beneficiario notifique su baja antes de la fecha de renovación.
- No reembolsable: la cuota de afiliación no es reembolsable una vez procesado el pago y activada la membresía, salvo en los casos expresamente establecidos en el presente Contrato.
Cláusula Octava. Cuotas de recuperación mensuales
Las cuotas de recuperación mensuales corresponden a la aportación del Asociado Beneficiario para el sostenimiento de las actividades de La Asociación, conforme a la modalidad, sede y cantidad de horas o clases seleccionadas. Dichas tarifas se publican en las páginas de cada sede.
- Las cuotas de recuperación mensuales se cobrarán automáticamente a través del Portal, al método de pago (tarjeta) registrado, procesado por Stripe, durante los primeros diez (10) días naturales de cada mes.
- En caso de que el cobro no pueda procesarse por causas imputables al Asociado Beneficiario (saldo insuficiente, datos incorrectos, tarjeta cancelada), se le contactará para regularizar la situación y realizar la aportación correspondiente.
- La falta de pago de la mensualidad en la fecha correspondiente generará la baja automática del Asociado Beneficiario y la suspensión del acceso a la plataforma y a los beneficios asociados. Para reactivar la membresía será necesario cubrir el adeudo y, en su caso, la cuota de reactivación que La Asociación determine.
- El Asociado Beneficiario podrá actualizar su método de pago en cualquier momento a través del Portal.
Cláusula Novena. Mantenimiento de lugar por inasistencia
- Fuerza mayor o causa justificada: si el Asociado Beneficiario no puede asistir durante un mes completo por causa de fuerza mayor debidamente justificada, deberá realizar un pago mínimo de $500.00 (Quinientos pesos 00/100 M.N.) en clases grupales para mantener su lugar y horario reservado. Las clases no tomadas podrán reponerse conforme a la Cláusula Décima.
- Enfermedad o lesión en clases particulares: si el Asociado Beneficiario falta durante el mes por enfermedad o lesión debidamente justificada, deberá pagar el cincuenta por ciento (50%) del costo de las clases no tomadas para mantener su horario reservado con el Colaborador.
- Clases particulares con horario fijo: si el Asociado Beneficiario desea mantener su horario particular fijo pero no podrá asistir a todas las sesiones, deberá notificarlo con anticipación razonable. En ese caso, podrá pagar la mitad del costo de la sesión para mantener el horario, salvo que consiga un sustituto aceptado por el Colaborador.
- Vacaciones institucionales: La Asociación tomará como periodos de descanso la última semana de diciembre y la primera de enero, la Semana Santa y una semana posterior al Curso de Verano. Durante estos periodos no se impartirán clases, pero las cuotas de recuperación mensuales no se interrumpirán, pudiendo reponerse las sesiones correspondientes antes o después del periodo vacacional.
Cláusula Décima. Política de reposición de clases
- Clases no impartidas por el Colaborador: el Asociado Colaborador repondrá íntegramente las sesiones que por su causa no hayan podido impartirse. Las clases que no pudieran reponerse dentro del mes se descontarán en la siguiente cuota de recuperación mensual.
- Tardanza del Colaborador: si el Colaborador llega tarde menos de veinte minutos, repondrá el tiempo no impartido; si la tardanza supera los veinte minutos, repondrá la sesión completa.
- Tardanza del Asociado Beneficiario: si llega tarde menos de veinte minutos, podrá tomar la clase en el tiempo restante; si la tardanza supera los veinte minutos, perderá la sesión sin derecho a reposición, salvo causa de fuerza mayor justificada.
- Inasistencia por causa justificada: el Asociado Beneficiario podrá reponer las sesiones no tomadas por causa justificable, siempre que notifique con anticipación razonable, haya disponibilidad de horario y la reposición se realice dentro del mismo mes o en el mes inmediato siguiente.
- Lluvia, contingencia u otros factores externos: cuando las clases no puedan impartirse por condiciones climáticas, contingencias sanitarias u otros factores externos, se procurará reponer la sesión en un horario alternativo compatible con el nivel y categoría del Asociado Beneficiario.
- Procedimiento: las solicitudes de reposición se gestionarán a través del Portal o mediante comunicación directa con el Colaborador asignado, quedando registro en la plataforma.
Capítulo IV — Obligaciones y equipamiento
Cláusula Décima Primera. Obligaciones del Asociado Beneficiario
- Pagar puntualmente las cuotas de recuperación mensuales y la cuota de afiliación anual mediante el cobro recurrente establecido.
- Asistir a sus sesiones en los horarios acordados con el Colaborador, notificando con anticipación razonable cualquier inasistencia a través del Portal.
- Presentarse a sus sesiones con el equipamiento deportivo adecuado: calzado apropiado, raqueta o equipo propio, agua, ropa deportiva y protector solar cuando aplique.
- Respetar las normas de conducta de cada sede y las instrucciones de seguridad del Colaborador.
- Mantener actualizados sus datos personales, de contacto y de pago en el Portal.
- Informar al Colaborador y a La Asociación sobre cualquier condición médica, lesión o limitación física que pueda afectar su participación.
- Contratar los servicios de enseñanza a través del Portal de La Asociación durante la vigencia de su membresía activa.
- Hacer uso responsable del Portal y de los recursos de las sedes.
- Permanecer en el grupo oficial de comunicación durante la vigencia de su membresía.
Cláusula Décima Segunda. Equipamiento y préstamo de material
- El Asociado Beneficiario deberá contar con su propio equipo deportivo. La Asociación y los Colaboradores no están obligados a proveer equipo de forma permanente.
- De forma provisional y a discreción del Colaborador o de la sede, podrá prestarse equipo básico (raqueta, pelotas u otros implementos), sin que ello genere derecho permanente ni obligación para La Asociación.
- El Asociado Beneficiario será responsable del cuidado y restitución del equipo prestado. En caso de daño o pérdida, deberá cubrir su valor de reposición.
Capítulo V — Responsabilidad y declaración de riesgos
Cláusula Décima Tercera. Prestación del servicio por los Colaboradores
El Asociado Beneficiario reconoce y acepta que:
- Los servicios de enseñanza, entrenamiento y práctica deportiva son impartidos por los Asociados Colaboradores, quienes forman parte de La Asociación en dicha calidad y actúan con autonomía profesional, dentro de la organización y coordinación de La Asociación.
- La Asociación y sus Colaboradores adoptarán las medidas de cuidado, coordinación y supervisión razonables durante la prestación del servicio.
- Cualquier queja o reclamación relacionada con la prestación del servicio podrá dirigirse a La Asociación, a través de info@tenista.mx, para su atención y los efectos que procedan conforme a los Estatutos y al Reglamento Interno.
Cláusula Décima Cuarta. Declaración de riesgos y liberación de responsabilidad
El Asociado Beneficiario, o en su caso el padre, madre o tutor del menor, declara bajo protesta de decir verdad:
- Que conoce las actividades deportivas objeto del presente Contrato y reconoce que existe un riesgo inherente asociado a la práctica de cualquier deporte, incluyendo de manera enunciativa mas no limitativa: caídas, golpes, torceduras, desgarres musculares y otras lesiones propias de la actividad física.
- Que acepta y asume voluntariamente dichos riesgos, y que en consecuencia libera a La Asociación, a los miembros de su Consejo Directivo, a los Asociados Colaboradores y al personal de las sedes de responsabilidad derivada de accidentes, lesiones o daños sufridos durante la práctica deportiva, siempre que no sean consecuencia de dolo o negligencia grave debidamente acreditada.
- Que el menor al que representa, o él mismo, no tiene limitación física, médica o de cualquier otra índole que impida la práctica deportiva, salvo las expresamente declaradas en su perfil de inscripción.
- Tratándose de menores de edad: que autoriza expresamente al Asociado Colaborador a proporcionar primeros auxilios de emergencia al menor en caso de accidente, y a tomar decisiones básicas sobre su atención inmediata cuando no sea posible contactar al familiar responsable.
Capítulo VI — Vigencia, suspensión y baja
Cláusula Décima Quinta. Vigencia de la membresía
La membresía tendrá una vigencia anual, renovable automáticamente conforme a la Cláusula Séptima. Se mantendrá activa mientras el Asociado Beneficiario esté al corriente en el pago de sus cuotas de recuperación mensuales y de su cuota de afiliación anual.
Cláusula Décima Sexta. Baja voluntaria
El Asociado Beneficiario podrá darse de baja en cualquier momento mediante notificación a través del Portal o al correo info@tenista.mx. La baja surtirá efecto al final del periodo mensual en curso y no genera derecho a devolución de cuotas ya pagadas ni de la cuota de afiliación anual. Para evitar la renovación anual, la baja deberá notificarse antes de la fecha de renovación.
Cláusula Décima Séptima. Baja por incumplimiento
La Asociación podrá dar de baja al Asociado Beneficiario en los siguientes supuestos:
- Falta de pago de la cuota mensual o anual, conforme a la Cláusula Octava.
- Conducta que ponga en riesgo la integridad física o emocional de otros Asociados, Colaboradores o personal de las sedes.
- Incumplimiento grave o reiterado de las normas de conducta o del Reglamento Interno.
- Falsedad en los datos proporcionados al momento de la inscripción.
Capítulo VII — Datos personales y disposiciones generales
Cláusula Décima Octava. Protección de datos personales
El tratamiento de los datos personales del Asociado Beneficiario se realiza conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y al Aviso de Privacidad de La Asociación. Al aceptar el presente Contrato, el Asociado Beneficiario otorga su consentimiento expreso para el tratamiento de sus datos con los fines derivados de su membresía, incluyendo la gestión del cobro recurrente y las comunicaciones institucionales.
Cláusula Décima Novena. Modificaciones al Contrato
La Asociación podrá modificar las cuotas de recuperación, los beneficios de membresía y las normas internas, notificando al Asociado Beneficiario con un mínimo de treinta (30) días naturales de anticipación a través del Portal o por correo electrónico. Si el Asociado Beneficiario no está de acuerdo con las modificaciones, podrá darse de baja conforme a la Cláusula Décima Sexta, sin penalización.
Cláusula Vigésima. Solución de controversias
Las controversias derivadas del presente Contrato se resolverán en primera instancia mediante negociación directa. De no llegarse a un acuerdo, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Cláusula Vigésima Primera. Legislación aplicable
El presente Contrato se rige por el Código Civil Federal, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y demás ordenamientos aplicables de los Estados Unidos Mexicanos.
Aceptación
La aceptación de este Contrato se realiza de forma electrónica a través del Portal tenista.mx, marcando las casillas de consentimiento correspondientes (no premarcadas). La Asociación registra dicha aceptación con su fecha, hora, la versión del documento y datos de trazabilidad (identificador del Responsable e indicadores técnicos de la sesión), como constancia del consentimiento otorgado.
Anexo — Autorización especial para menores de edad
Cuando el Asociado Beneficiario es menor de edad, el padre, madre o tutor legal, al aceptar este Contrato, declara bajo protesta de decir verdad:
- Que autoriza expresamente la participación del menor en las actividades deportivas organizadas por La Asociación y sus Asociados Colaboradores.
- Que conoce y acepta los riesgos inherentes a la práctica deportiva y libera a La Asociación y a los Colaboradores de responsabilidad por accidentes no derivados de dolo o negligencia grave.
- Que autoriza al Asociado Colaborador a proporcionar primeros auxilios de emergencia al menor y a tomar decisiones básicas de atención inmediata en caso de accidente, cuando no sea posible localizarle de forma oportuna.
- Que el menor no tiene condición médica, física o psicológica que le impida la práctica deportiva, salvo las indicadas en su perfil de inscripción.
- Que se compromete a estar localizable durante las sesiones del menor y a recogerlo puntualmente al término de las mismas.
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